Regulación a nivel mayorista
Con objeto de garantizar la competencia, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) puede regular las condiciones de prestación de servicios en el mercado de acceso a Internet de banda ancha.
Tras los pertinentes análisis de mercado, la CNMC ha considerado necesaria la intervención en el denominado nivel mayorista. Esto significa que, pese a no intervenir en las ofertas destinadas a los usuarios finales (nivel minorista), la CNMC fija las condiciones en las que el operador con poder significativo en el mercado, en este caso Telefónica de España, debe poner a disposición de otros operadores determinados elementos y servicios de su red, para que puedan conformar sus propios servicios de banda ancha a nivel minorista.
Asimismo, la CNMC puede imponer obligaciones simétricas, que deben cumplir todos los operadores de telecomunicaciones.
Así la regulación mayorista establece el marco de actuación entre los operadores acerca de los métodos y condiciones en las que intercambien sus servicios, los precios mayoristas y los controles sobre los mismos, a fin de garantizar que el mercado se comporta de manera transparente y no discriminatoria, tanto entre operadores como entre éstos y los usuarios finales.
En resumen, la regulación a nivel mayorista se puede agrupar en tres bloques:
- Obligaciones y ofertas de referencia del OPSM de servicios regulados
- Control de precios mayoristas y separación contable
- Obligaciones de transparencia y no discriminación
Por otro lado, la Comisión Europea también regula los precios mayoristas para los servicios en itinerancia móvil, estableciendo los precios que se pagan los operadores entre sí por utilizar sus respectivas redes.