Exámenes de radioaficionado
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, el uso especial del espectro radioeléctrico por radioaficionados requerirá la obtención previa de una autorización administrativa individualizada otorgada por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
Según lo dispuesto en el Capítulo II del Reglamento de radioaficionados (Orden IET/1311/2013, de 9 de julio), la obtención de la autorización de radioaficionado requerirá la superación de la prueba de capacitación para operar estaciones de radioaficionado. La prueba, cuyo temario se puede consultar en el anexo II de la citada Orden, constará de dos partes independientes que versarán, respectivamente, sobre las siguientes materias:
- Conocimientos suficientes de electricidad y radioelectricidad para operar una estación de radioaficionado.
- Dominio de la normativa reglamentaria referente a las estaciones de radioaficionado.
La prueba se realizará de forma individualizada en los locales de la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones (JPIT) que se indique en la solicitud. Su duración será de 90 minutos y para superarla será preciso responder correctamente el 50% de las preguntas de cada una de las partes. El examen se realizará utilizando ordenador y por lo tanto se requiere tener conocimientos básicos sobre su manejo.
Para la participación en las pruebas de examen para la obtención de la autorización de radioaficionado deberá:
- Cumplimentar el modelo 790 para el pago de la tasa.
- Cumplimentar el formulario de solicitud correspondiente en la sede electrónica para radioaficionados.
La solicitud se presentará de manera electrónica a través de la sede del Ministerio utilizando reconocido, emitido por cualquiera de las empresas certificadoras que se reconocen en la web del Ministerio. Quienes tengan algún tipo de discapacidad que precise de determinadas adaptaciones para la realización del examen deberán indicar en la solicitud el tipo de discapacidad y las adaptaciones que precisan y adjuntar a la solicitud el Dictamen Técnico Facultativo de Discapacidad o certificado médico emitido por el organismo competente. El responsable de la JPIT estudiará junto con el interesado las adaptaciones necesarias y se tratará de proporcionar al solicitante las facilidades y medios requeridos para la realización del examen.
Orden IET/1311/2013, de 9 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados.
Resolución de 3 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se establece el procedimiento para la realización del examen de capacitación para operar estaciones de radioaficionado.