Solicitude de demostracións de interese para a atribución en España dos números harmonizados europeos de valor social 116006, 116117 e 116123
Los números telefónicos armonizados europeos 116006, 116117 y 116123 podrán ser atribuidos en España a los servicios “Línea de ayuda a las víctimas de delitos”, “Servicio médico de guardia para casos no graves” y “Línea de apoyo emocional”, respectivamente, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración, y el Plan nacional de numeración telefónica (ambos aprobados por Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre) y la Resolución de 25 de octubre de 2007, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se reserva el rango de numeración telefónica 116 para acceder a los servicios europeos armonizados de valor social.
El servicio “ Línea de ayuda a las víctimas de delitos (número telefónico 116006)”:
Permite a las víctimas de delitos recibir apoyo emocional en tales circunstancias, información sobre sus derechos y sobre la forma de reclamarlos, y orientación sobre los organismos a los que pueden dirigirse. En particular, aporta información acerca de: a) los procedimientos de la policía local y la justicia penal, y b) las posibilidades de indemnización y las cuestiones relacionadas con los seguros. También presta apoyo para encontrar otras formas de ayuda de interés para las víctimas de delitos.
El “ Servicio médico de guardia para casos no graves (número telefónico 116117)”:
Dirige las llamadas a la asistencia médica adecuada al caso, que es urgente pero no supone un peligro de muerte, especialmente, pero no exclusivamente, fuera de las horas de oficina habituales y durante el fin de semana o los días festivos. Este servicio conecta al comunicante a un recepcionista experto y con el apoyo necesario o bien directamente a médicos especialistas de hospitales o consultorios.
El servicio “ Línea de apoyo emocional (número telefónico 116123)”:
Ofrece a quien llama un contacto verdaderamente humano consistente en una escucha sin juicios de valor. Ofrece apoyo emocional a quien sufre de soledad, se encuentra en situación de crisis psicológica, o está pensando en el suicidio.
Las condiciones de utilización de los tres números serán las siguientes:
- Los servicios serán de cobro revertido automático. En consecuencia, las llamadas serán gratuitas para los usuarios.
- Los servicios deberán estar abiertos a todos los ciudadanos sin necesidad de registro previo.
- Los servicios no serán temporales (su prestación tendrá una duración indefinida en el tiempo).
- Si los servicios no están disponibles continuamente (es decir, siete días a la semana, 24 horas al día, en todo el país), sus proveedores deberán garantizar la existencia de información pública fácilmente accesible sobre la disponibilidad de los servicios y que, durante los períodos de indisponibilidad, se atienda a las llamadas con información sobre el día y la hora en que los servicios volverán a estar disponibles.
- El pago o el compromiso de pago no será una condición previa para la utilización de los servicios por los usuarios.
- Durante las llamadas estarán prohibidas las siguientes actividades: publicidad, entretenimiento, comercialización, venta y uso de las llamadas para la venta futura de servicios comerciales. No obstante, las organizaciones que presten los servicios podrán aceptar el patrocinio de entidades que financien total o parcialmente el coste de las llamadas, pudiendo aquéllas ser identificadas en la publicidad que se realice para dar a conocer los servicios, pero no durante las llamadas (entre el descolgado y el colgado de las mismas).
Las organizaciones interesadas en la prestación de cualquiera de estos servicios podrán manifestar su disposición a esta Secretaría de Estado.
Las manifestaciones de interés contendrán una propuesta descriptiva del servicio o servicios que se pretendan prestar, los datos identificativos de la organización interesada y los medios con los que se cuenta para la prestación.
Las manifestaciones de interés que se reciban se someterán a la consideración de los ministerios con competencias en los ámbitos de los que se ocupa cada servicio, quienes informarán sobre la idoneidad de las propuestas recibidas y la cualificación de sus solicitantes.
En el caso de existir varios solicitantes cualificados que aspiren a prestar el mismo servicio, se podrá definir un procedimiento de selección competitiva o comparativa que se aplicará para la designación de los prestadores.
Madrid, 20 de diciembre de 2011