Entidades de verificación
El Reglamento ICT permite que pueda aplicarse, con carácter voluntario, un proceso de verificación de proyectos realizado en un marco de libre competencia por las entidades de verificación acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), que otorga a los proyectos verificados la presunción de cumplimiento de la legislación vigente en materia de ICT (artículo 9.3 del Reglamento ICT). La verificación de los proyectos de ICT es un proceso que proporciona agilidad en la tramitación de los expedientes por la Administración y procura una garantía de calidad para usuarios finales y agentes intermedios (promotores, constructores, instaladores, fabricantes, ayuntamientos y comunidades de propietarios).
El proceso de verificación debe cumplir con lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de Infraestructuras Comunes de Telecomunicacionesy su Anexo II donde se detalla los parámetros técnicos mínimos a verificar.
Aquellas entidades que deseen obtener la acreditación como entidades de verificación de proyectos de ICT, deberán solicitarlo a ENAC.
Actualmente existen dos entidades de verificación acreditadas por ENAC (seleccione en el buscador “Inspección” \\\\ “Telecomunicaciones”) para la verificación de proyectos de ICT:
- COIT (274/EI471)
- COITT (280/EI487)