Sarera konektatzea, 1Mbps-eko banda zabaleko gaitasunarekin, + telefono finkoaren zerbitzua
El operador designado para garantizar la prestación de estos elementos, hasta el 1 de enero de 2025, es Telefónica de España S.A.U., que opera con el nombre comercial de Movistar.
Cualquier usuario que formule a Telefónica de España S.A.U. (Movistar) una solicitud razonable para el suministro de una conexión a la red pública de comunicaciones electrónicas, tiene derecho a obtenerla en un plazo máximo efectivo de 60 días, ya sea con una solución de red cableada o con una solución radioeléctrica. En casos excepcionales en los que el operador no pueda cumplimentarla en dicho plazo, deberá hacerlo en el menor plazo posible y compensar automáticamente al usuario eximiéndole del pago de un número de cuotas mensuales, relativas a la conexión, equivalentes al número de meses o fracción en los que se haya superado dicho plazo.
El usuario puede solicitar y obtener del operador designado, una línea de conexión a la red con servicio telefónico, con servicio de acceso a Internet de banda ancha a 10 Mbps, o con ambos servicios. También puede obtener la prestación del servicio de acceso a Internet de banda ancha a 10 Mbps sobre una línea existente.
Los precios podrán ser revisados de acuerdo con lo previsto en el Reglamento del Servicio universal y en el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno de 25 de enero de 2007, modificada por la Orden PRE/1619/2010, de 14 de junio.
Los precios vigentes en cada momento incluidas las llamadas a destinos internacionales, se puede consultar en la página de Internet de Movistar sobre tarifas.
Para que estos servicios sean asequibles a los usuarios con necesidades sociales especiales, el operador designado debe ofrecer el plan especial de precios denominado Abono Social, que va dirigido a jubilados y pensionistas cuya renta familiar no exceda el 120% del IPREM y consistirá en la aplicación de una bonificación del 70% en el importe de la cuota de alta o cuota de conexión de líneas individuales y del 95% en el importe de la cuota de abono de la línea individual de carácter periódico. Se puede consultar más información en la página web de Movistar sobre Abono Social.