Página principal
Los equipos radioeléctricos comercializados en España deben cumplir con los siguientes requisitos esenciales:
- Protección de la salud y seguridad de personas y animales y bienes incluidos los objetivos respecto de los requisitos en materia de seguridad según Directiva 2014/35/UE sin límite de tensión.
- Un nivel adecuado de compatibilidad electromagnética con arreglo a la Directiva 2014/30/UE.
- Uso eficaz y eficiente del espectro radioeléctrico.
Para ello, el fabricante deberá realizar ensayos con normas técnicas adecuadas. En concreto, si se utilizan normas técnicas armonizadas, las mismas presumirán conformidad respecto de los requisitos esenciales que sean de aplicación. El fabricante solo puede beneficiarse de este extremo si se utilizan de manera adecuada, con las versiones y plazos que correspondan. Las versiones actualizadas de las normas técnicas armonizadas aprobadas por la Comisión Europea.
Para poder realizar el proceso anterior (evaluación de la conformidad), el fabricante dispone de tres mecanismos:
- Control interno de la producción (módulo A).
- Examen UE de tipo seguido de la conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción (módulos B+C).
- Conformidad basada en el pleno aseguramiento de la calidad (módulo H).
El fabricante puede elegir el procedimiento a seguir para evaluar la conformidad, dependiendo de la utilización de normas armonizadas. En concreto:
- Para los requisitos esenciales de seguridad y compatibilidad electromagnética, puede utilizar cualquier procedimiento.
- Para el requisito de espectro radioeléctrico, solo puede utilizar el módulo A si ha aplicado normas técnicas armonizadas. En el resto de caso (normas no armonizadas o uso parcial de normas armonizadas), debe utilizar el módulo B+C o el módulo H.
Una vez completado el proceso descrito, el fabricante debe:
- Emitir declaración de la conformidad en castellano.
- Estampar el marcado CE en el equipo, en el embalaje y en el manual de instrucciones.